Quiero ser socio

¿Qué tengo que hacer para ser socio de Eurocaja Rural?

Para ser socio, lo primero que tienes que ser es cliente de la entidad, es decir tienes que tener contratado con nosotros cualquier producto, una cuenta corriente por ejemplo es suficiente. Si ya tienes contratada en Eurocaja Rural tu hipoteca o cualquier otra operación de préstamo, probablemente ya seas socio, ya que ésta es una condición que se pide al cliente para conceder una operación de activo.

Si todavía no lo eres puedes adquirir en cualquiera de nuestras oficinas una aportación mínima (por importe de 70,10 € en el caso de personas físicas y 350,50 € en el caso de jurídicas); la solicitud de compra debe ser refrendada por los órganos de gobierno de la Entidad (Comisión Ejecutiva o Consejo Rector), y una vez que sea aprobada (el plazo de aprobación suele ser de una semana) ya eres miembro de pleno derecho de nuestra cooperativa de crédito, con sus derechos y sus obligaciones.

Si quieres aportaciones adicionales a la mínima, tendrás que esperar o bien a que la Entidad en Asamblea General decida abrir un proceso de ampliación (en cuyo caso, y al ser socio ya, serás debidamente informado y además tendrás unos derechos de suscripción preferente), o esperar a que un socio quiera vender sus aportaciones. En este último caso no te podemos garantizar la disponibilidad inmediata, lo mejor es que consultes en tu oficina.

Derechos y deberes de los socios

En el artículo 11 y 12 de nuestros estatutos aparecen en detalle los derechos y obligaciones de los socios, creemos muy importante que leas este artículo si has decidido formar parte de nuestra cooperativa o si estás pensando en hacerlo.

Un socio tiene derecho/obligación de participar en los procesos asamblearios, es por tanto elector y elegible para los cargos de los órganos sociales. Con la aportación mínima tiene su derecho garantizado a participar en las Juntas Preparatorias y a presentarse como delegado para acudir a la Asamblea General.

También tiene derecho a percibir intereses por sus aportaciones al capital social en los términos en los que quedan recogidos en los estatutos.

Si tienes alguna duda, en tu oficina seguro que te la pueden resolver.

Capital Social

Información básica

El capital social de la Caja está constituido por las aportaciones de los socios, y se fija, con el carácter de mínimo en 4.808.096,84 euros, íntegramente suscrito y desembolsado.

Para integrar el capital social, las aportaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Su eventual retribución estará efectivamente condicionada a la existencia de resultados netos o recursos de libre disposición suficientes para satisfacerlas, quedando sometida, en este último caso, a la previa autorización del Banco de España.

  • Su duración será indefinida.

  • Su eventual reembolso quedará condicionado a que no se produzca una cobertura insuficiente del capital social obligatorio, reservas y coeficiente de solvencia, así como por lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 84/1993. En todo caso, los reembolsos de las aportaciones podrán ser rehusados incondicionalmente por el Consejo Rector.

Las aportaciones están representadas en títulos nominativos de un valor de 70,10 euros, fijando el importe mínimo para la adquisición en la cantidad de 1 aportación en el caso de personas físicas y 5 aportaciones en el caso de las personas jurídicas.

Las aportaciones devengarán el interés que la Asamblea General fije en cada momento para cada ejercicio, con los límites establecidos en la legislación aplicable. No podrán devengar interés si la Caja no alcanza a cubrir el coeficiente de solvencia, o la cifra de recursos propios mínimos, o si existen pérdidas no absorbidas con cargo a los recursos propios de la Caja.


Limites de adquisición de aportaciones

El importe total de las aportaciones de cada socio no podrá exceder del 3,5% del capital social cuando se trate de persona jurídica o comunidad de bienes, y del 2,5% en el caso de una persona física.

En ningún caso, entre todas las personas jurídicas que no tengan la condición de sociedad cooperativa podrán poseer más del 50% del capital social. Las presentes limitaciones a la concentración de aportaciones, girarán sobre las que, directa o indirectamente, supongan la titularidad o control de los porcentajes máximos de capital establecidos.

La adquisición o control de aportaciones por encima de los límites señalados anteriormente o que en su momento legalmente se establezcan, determinará la imposibilidad de ejercitar y de atribuir votos plurales al adquirente, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 18 de los estatutos Sociales.


Principales riesgos asociados
  • Carácter perpetuo.

  • Retribución condicionada a la existencia de resultados netos o recursos de libre disposición suficientes para satisfacerlas, quedando sometida, en este último caso, a la previa autorización del Banco de España.

  • Eventual reembolso condicionado a que no se produzca una cobertura insuficiente del capital social obligatorio, reservas y coeficiente de solvencia. El reembolso puede ser rehusado por el Consejo Rector de la Entidad de acuerdo a lo dispuesto en el número 2, apartado c) del Artículo 22 de los Estatutos Sociales.

  • Ausencia de cotización en un mercado organizado que facilite su liquidez.

  • Las aportaciones no se configuran como un depósito por lo que no ostentan cobertura por parte del Fondo de Garantía de Depósitos.

  • No devengo de Interés si la Caja no alcanza a cubrir el coeficiente de solvencia, o la cifra de recursos propios mínimos o si existen pérdidas no absorbidas con cargo a los recursos propios de la Caja.

  • Riesgo de liquidez, asociado a las dificultades que puedan existir para el caso de la venta de la aportación.

  • Riesgos asociados a las medidas de recapitalización interna previstas en la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.

Asamblea general

En este apartado se publicarán las convocatorias de las Asambleas Generales para conocimiento de todos los socios.

Actualmente no hay convocada ninguna Asamblea General.

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